El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha anunciado que están ultimando un Real Decreto que reconocerá a nivel estatal la unidad entre la persona y su perro de asistencia para todo tipo de discapacidades: visuales, auditivas, físicas, sensoriales o de trastorno del espectro autista.
Y, en paralelo, se garantizarán los derechos de estos perros para que puedan jubilarse cuando cumplan 10 años pero manteniéndoles su derecho a seguir accediendo a los espacios de uso público una vez pasado su tiempo en activo.
El objetivo de esta normativa es doble porque no solo regula el acceso de las personas con discapacidad a todos los espacios públicos sino que, igualmente, regular la actividad y el bienestar de los perros que les sirven de apoyo en su vida diaria.
Este nuevo Real Decreto complementará la legislación que dispone cada Comunidad Autónoma en torno a este tipo de animales y, a nivel estatal, sustituirá la normativa que hay ahora mismo en vigor.
Entre las novedades del cambio legislativo destaca que la norma va a garantizar los derechos de las personas con discapacidad y sus perros de asistencia para toda España, ampliando así el reconocimiento normativo del que disponen actualmente, y que se limita a la Comunidad Autónoma donde se les concedió el distintivo para este servicio.
Las personas con discapacidad podrán acceder con sus perros de asistencia a espacios de uso público (incluso si son de titularidad privada) en todo el territorio nacional, asegurando así que no sean discriminados -algo que sigue sucediendo a día de hoy.
Esto significa que podrán acceder a centros educativos, culturales, deportivos o sanitarios, excepto en quirófanos y otras áreas en las que deban garantizarse unas condiciones higiénicas especiales. También podrán acceder a establecimientos del comercio al por menor, supermercados, mercados o comercios de alimentación, así como alojamientos turísticos, establecimientos de hostelería y restauración, museos y teatros. Además, se permitirá el acceso a playas y a áreas recreativas, y, sin poder entrar al agua, sí podrán entrar a recintos de piscinas y parques acuáticos.
Así mismo, el Real Decreto garantizará que la persona usuaria pueda acceder a su puesto de trabajo junto a su perro de asistencia, y mantenerlo a su lado en todo momento. De igual manera, podrá viajar con él en medios de transporte colectivos, sin que por ello se exija un billete o pago adicional, ampliándose este supuesto al transporte aéreo, siempre que este hecho se haya notificado previamente a la compañía área o al operador que corresponda y de conformidad con la normativa aplicable al transporte de perros de asistencia.
La nueva normativa, que incluye también algunas excepciones relativas a la salud pública o a la seguridad de la persona y el animal, supondrá, desde el momento en el que sea aprobada, que los impedimentos o denegaciones de acceso que sufra una persona que necesita un perro de asistencia deberán ser considerados actos de vulneración del derecho a la accesibilidad, igualdad y no discriminación.
Por otra parte, el Real Decreto reconocerá a nivel estatal la relación entre la persona con discapacidad y su perro de asistencia como una unidad en todo el territorio nacional, y regulará que estos animales sean formados para el desempeño de sus funciones por personas acreditadas o reconocidas de forma oficial en la educación, la socialización y el adiestramiento de perros de asistencia, bien pertenezcan a entidades o sean profesionales autónomos especializados.
La normativa también incluye medidas específicas para mejorar el bienestar de los perros de asistencia, estableciendo obligaciones de cuidado y respeto para las personas usuarias y para las entidades o profesionales encargados de su adiestramiento. Además, estos perros van a tener un derecho al descanso, estableciéndose que puedan dejar de prestar servicio cuando cumplan 10 años, y manteniéndoles su derecho a seguir accediendo a los espacios de uso público una vez pasado su tiempo en activo.
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