Tras su aprobación en diciembre 2021, el 5 de enero 2022 entró en vigor un cambio legal histórico en España, la modificación del Código Civil por el que, por fin, los animales son considerados como seres sintientes y no como cosas.
Las consecuencias son muy significativas puesto que el Código Civil ahora establece que se ha de tener en cuenta el bienestar de los animales en todo tipo de situaciones. En concreto, el artículo 333 bis estipula lo siguiente:
1. Los animales son seres vivos dotados de sensibilidad. Solo les será aplicable el régimen jurídico de los bienes y de las cosas en la medida en que sea compatible con su naturaleza o con las disposiciones destinadas a su protección.
2. El propietario, poseedor o titular de cualquier otro derecho sobre un animal debe ejercer sus derechos sobre él y sus deberes de cuidado respetando su cualidad de ser sintiente, asegurando su bienestar conforme a las características de cada especie y respetando las limitaciones establecidas en ésta y las demás normas vigentes.
3. Los gastos destinados a la curación y al cuidado de un animal herido o abandonado son recuperables por quien los haya pagado mediante el ejercicio de acción de repetición contra el propietario del animal o, en su caso, contra la persona a la que se le hubiera atribuido su cuidado en la medida en que hayan sido proporcionados y aun cuando hayan sido superiores al valor económico de éste.
4. En el caso de que la lesión a un animal de compañía haya provocado su muerte o un menoscabo grave de su salud física o psíquica,tanto su propietario como quienes convivan con el animal tienen derecho a que la indemnización comprenda la reparación del daño moral causado.»
Y, entre las consecuencias que se derivan del nuevo Código Civil, una es la que han compartido esta semana desde el Ayuntamiento de Mérida, una noticia realmente importante:
Resulta que el pasado mes diciembre la Guardia Civil atendió a un perro que había sido atropellado en las afueras de esta ciudad. El can había sido atropellado. Como tenía chip pudieron localizar a su dueño, al que contactaron para que se hiciera cargo del animal, que tenía rotas las patas traseras.
"El dueño rechazó asumir el cuidado del can y quedó abandonado. Fue entonces cuando se le prestaron servicios veterinarios y, una vez recuperado, fue dado en adopción a un nuevo dueño."
Pues ahora, esa persona que eligió abandonar al can se enfrenta a la denuncia de Guardia Civil por el abandono del animal y a la factura que el Ayuntamiento repercutirá por el importe del tratamiento del animal.
Esto es posible por lo que comentábamos al comienzo, porque en el nuevo Código Civil se ha tenido en cuenta justamente esta misma casuística, una que conocen tan bien demasiadas protectoras pero que aquí involucra al consistorio:
“Los gastos destinados a la curación y al cuidado de un animal herido o abandonado son recuperables por quien los haya pagado mediante el ejercicio de acción de repetición contra el propietario del animal o, en su caso, contra la persona a la que se le hubiera atribuido su cuidado en la medida en que hayan sido proporcionados y aun cuando hayan sido superiores al valor económico de éste”.
La factura de estos gastos en este caso es superior a los tres mil euros,aclaran desde el Ayuntamiento de Mérida.
La noticia, que han compartido también en todas sus redes, ha suscitado aplausos unánimes, algo que ya es en sí mismo bastante novedoso cuando se comparte cualquier historia relacionada con los perros...
Doblemente positivo puesto que seguro que esta información tan llamativa puede servir para concienciar sobre lo que significa la tenencia responsable, sobre la importancia de cuidar adecuadamente a un animal si eliges compartir tu vida con un can.
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