El dueño de la Perrera de Puerto Real, Plácido Gómez Muñoz, la directora, Manuela Andrade, y el veterinario de ese infernal centro del horror, Estanislao Cuesta, han sido condenados por maltrato animal. Una (pequeña gran) victoria que ha tardado 11 años en llegar y que desde El Refugio han celebrado con especial emoción dado que ellos han sido los que denunciaron el caso en su momento y los que se han mantenido al pie del cañón hasta lograr una condena: "A partir de ahora, cuando caminen ustedes por las calles, la gente de bien con la que se crucen podrá decir: “ahí va quien torturó y mató a miles de perrillos gaditanos inocentes”. ¡Qué poco arte…!"
El maltrato animal y la legislación en España, el informe de PACMA
La Audiencia Provincial de Cádiz ha revocado la sentencia del Juzgado de lo Penal y ha condenado al dueño de la perrera de Puerto Real, a la directora y al veterinario a tres meses y 22 días de cárcel cada uno por un delito de maltrato animal. Además, quedan inhabilitados para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales durante un año. Y esto último también es importante porque resulta que, aunque nos pueda parecer impensable, el que fuera dueño de la tristemente conocida como Perrera de los Horrores, ha seguido trabajando con animales y gestionando otras perreras.
Es sin ninguna duda una victoria para El Refugio, sí, pero quizá sabe a poco: a poco tiempo de cárcel y a poco castigo para unas personas que causaron un grave sufrimiento a cientos de animales, posiblemente a más de 500 perros y gatos.
Como seguramente recordéis, también en esta perrera infernal hubo humanos que eligieron ahorrar costes y sacrificar a los perros "causándoles una muerte muerte agónica e insufrible", según detalla literalmente la sentencia.
Aún así, es un logro por parte de El Refugio el haber luchado y haber conseguido esa condena puesto que se ha dado la vuelta a la sentencia previa que había absuelto a esos tres individuos, sí un juez consideró que no eran culpables porque auque se aceptaba que “la ejecución de las eutanasias mediante la aplicación de ‘Mioflex’ (un paralizante muscular barato) provocaba a los animales una muerte agónica con sufrimientos innecesarios que aumentaban de forma injustificada sus padecimientos”, el juez entendía que “los acusados no buscaban de manera directa el aumento del sufrimiento de las víctimas” y además no quedaba probado "que la finalidad principal de los acusados fuera el provocarles de forma consciente, querida y buscada unos padecimientos innecesarios e insufribles”.