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Con el nuevo Código Penal los maltratadores de animales seguirán sin pisar la cárcel, denuncia PACMA

Con el nuevo Código Penal los maltratadores de animales seguirán sin pisar la cárcel, denuncia PACMA

Última actualización del articulo el día 24/02/2022

El pasado 18 de febrero 2022, el Consejo de Ministros aprobó la tramitación de la futura Ley de Protección Animal así como la modificación del Código Penal.

Se trata de medidas que serán cruciales para el bienestar de millones de animales en España pero los cambios propuestos, especialmente en lo que afecta al Código Penal, no son todo lo ambiciosos que esperaban muchos colectivos, como explicaba en El País la directora del Observatorio de Justicia y Defensa Animal.

PACMA también ha criticado con dureza el texto al considerar que supone, directamente, un retroceso sobre el actual Código Penal:

"La reforma que se propone, según lo que se ha filtrado, es una vergüenza y un engaño al conjunto de la ciudadanía, pues, con ella, quienes maltratan animales seguirían sin pisar la cárcel, pese a que se haya publicitado desde el Gobierno como todo lo contrario."

En el partido animalista se sienten, directamente, engañados: "en la reunión que mantuvimos hace menos de un mes con Sergio García Torres, director general de Derechos de los Animales, nos informó de que las penas se elevarían hasta los 6 años.  

Y no será así, evidentemente.

Aunque no se han hecho públicos los textos con la nueva versión del anteproyecto la Ley de Protección Animal o el de la reforma del Código Penal (aunque diversos medios y también PACMA sí han tenido acceso a ellos) sí se puede consultar el resumen que han ofrecido en la web de la Moncloa.

El propio García Torres ha compartido los detalles clave en sus redes pero, sorprendentemente, él mismo, en una entrevista posterior, ha explicado que su propuesta inicial era mayor y que espera "que en la tramitación se revisen esas cifras y que pueda ser al alza."

 

 

Os resumimos aquí lo que cambiaría en el Código Penal de aprobarse la propuesta actual sin modificaciones, una propuesta que contiene mejoras y avances sustanciales pero que, sí, sin duda, se queda corta en cuanto a las penas propuestas:

- Se incluye la expresión"animal vertebrado" para que el maltrato animal según lo contempla el Código Penal se aplique tanto a animales domésticos como a los animales en libertad y salvajes (un punto que tiene bastante alterados a los cazadores)

- Se incorporan al delito diferentes agravantes, como por ejemplo la violencia de género o intrafamiliar, destacando la violencia instrumental que se realiza con animales especialmente en el ámbito de la violencia de género para coaccionar, mayoritariamente a mujeres, e imposibilitar las vías de emancipación ante dichas situaciones de violencia contra las mismas.  

- Las penas de prisión por maltrato animal cuando se requiera tratamiento veterinario pasan a ser de 3 a 18 meses o multa de 6 a 12 meses y con la pena de inhabilitación especial de 1 a 5 años.

- Las penas de prisión cuando se cause la muerte a un animal vertebrado pasan a ser de 12 a 24 meses o multa de 18 a 24 meses, además de la pena de inhabilitación especial de uno a 5 años.

- Si las lesiones producidas no requiriesen tratamiento veterinario serán castigadas con una pena de multa de 1 a 3 meseso trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

- Quien abandone a un animal será castigado con una pena de multa de 1 a 6 meses y de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

 

¿Cuál es el problema? Esto es lo que explican desde PACMA:

Solo han aumentado en 6 meses las penas (en caso de muerte, pasa de 18 meses a 24 meses). Y dado que el Código Penal permite a los jueces dejar en suspenso las penas no superiores a dos añoslos maltratadores seguirían sin pisar la cárcel.  

Lo que es peor, el juez o tribunal podría elegir entre imponer una pena de prisión o una de multa sin necesidad de hacerlo mediante resolución motivadaalgo que supone un atraso respecto al actual Código Penal.

Y la pena por abandono se mantiene en un máximo de 6 meses, "una pena ridícula, especialmente en un país como España, en el que tenemos altas tasas de abandono."

Además, para que un hecho se considere delito de maltrato animal es necesario que el animal sufra lesiones o la muerte y"no son pocos los casos de animales maltratados que no han muerto ni sufrido lesiones, como perros tirados en pozos que, inesperadamente, no presentaban lesiones y habían sobrevivido a las caídas y a los días que habían permanecido en esas condiciones, mientras sus agresores no han podido ser condenados."

Habrá que esperar a ver qué cambios pueden llegar a producirse tanto en la futura Ley de Protección Animal como en la reforma del Código Penal. Por un lado sigue existiendo el riesgo de que los perros de caza no estén igualmente protegidos ante la ley y por otro resulta cuando menos sorprendente que tras presentar la reforma del Código Penal sus propios impulsores esperen a que las penas se vean modificadas al alza antes de su aprobación.

 

 

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