En España el uso y la venta de la pirotecnia se regula de forma global a nivel estatalpero, en la práctica, es a nivel municipal donde realmente se puede actuar cuando llegan fechas como las que se avecinan.
Además de los reales decretos que indican, por ejemplo, la edad mínima para el uso de la pirotecnia dependiendo el nivel de ruido o peligrosidad de los artefactos (Real Decreto 989/2015 //Real Decreto 563/2010 // Real Decreto 1335/2012) los ayuntamientos pueden emitir bandos para regular el uso o incluso prohibirlo.
Es muy importante porque -por mucho que luego no se cumplan a rajatabla- esos bandos sirven también para concienciar y para que sea más fácil denunciar el uso indebido de la pirotecnia (llamando a la Policía Local, 112, etc.)
Aplaudimos -sin ruido- el bando del Ayuntamiento de Cádiz. Ojalá de verdad se cumpla, ojalá más ciudades lo tengan en cuenta, ojalá... porque para demasiadas personas y demasiados animales la Navidad es una pesadilla ahora que se ha puesto de moda tirar petardos hasta en Nochebuena.
Y aplaudimos también su forma de comunicarlo, acordándose especialmente de los perretes :-)
"Dada la proximldad de las fechas navidenas, me gustaria hacer un llamamiento para que en estos dlas no se lleve a cabo el uso de la plrotecnia sonora", explica el Alcalde de Cádiz, Bruno García de León, en un bando municipal fechado el 20 de diciembre 2024.
"Esta plrotecnia no solo afecta al blenestar de colectivos altamente sensibles, como son las personas con trastorno del espectro autista (TEA), Trastorno por deficit de atención e hiperactividad (TDAH), Personas Altamente Sensibles (PAS), Slndrome de Asperger, entre otros desórdenes de conducta. Tambien afecta a enfermos, ancianos y parte de la cludadanla engeneral, ademas de a nuestros animates de companla y salvajes.
Es necesario, recordar, ademas que la venta y suministro de material pirotecnlco no puede realizarse sino en la forma y con los requisitos que establece el Reglamento de artlculos pirotecnicos y cartucheria que desarrolla el RealDecreto 989/2015, de 30 de octubre.
Por tanto, y en defensa de los colectivos vulnerables anteriormente mencionados, ademas de lo recogido en el RD menclonado,se establece la prohibición de usar todo tipo de artefactos pirotécnicos sonoros en cualquier espacio del término municipal de nuestra ciudad, asl como la venta y sumlnistro en aquellos establecimlentos que no cuenten con la preceptive licencia gubernativa."
(...)
Ademas se establece especialmente la prohiblción del use de estos elementos pirotecnicos desde la fecha de pubticación de este bando hasta el dia 7 de enero de 2025. El incumplimiento de este bando en lo referente at uso conlleva una sanción económica, siendo de aplicación, para venta y suministro, to referido en el Real Decreto 989/2015."
¡¡¡Feliz Navidad, sobre todo sin petardos!!!!
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